Los funcionarios estadounidenses confiesan que su objetivo es la población civil de Irán
Information Clearing House
TEHERÁN. Azadeh, estudiante de posgrado de la Universidad de Teherán, recordó a sus interlocutores en el marco del Third Annual Hollywoodism (www.hollywoodism.orghttp ) de Irán, las admisiones obviamente incriminatorias hechas la semana pasada por dos políticos estadounidenses:
Las confesiones y los crímenes, que enumeró correctamente ante su auditorio, fueron los admitidos por ambos altos funcionarios la semana pasada. Los dos funcionarios, al hablar de las relaciones de EE.UU. con la República Islámica, admitieron abiertamente que las sanciones dirigidas por EE.UU. contra Irán (y Siria) están motivadas políticamente y constituyen una “guerra blanda” contra los casi 80 millones de habitantes de Irán (23 millones en el caso de Siria) con el fin de conseguir un cambio de régimen.
Hillary Clinton fue la primera del dinámico dúo qe se pronunció. Reconoció que las duras sanciones de EE.UU. tenían como objetivo al pueblo de Irán y le enviaban un mensaje. “Así que esperamos que el pueblo iraní dé a conocer sus preocupaciones… por lo tanto mi mensaje al pueblo iraní es que haga algo al respecto”.
Algunos oyentes concluyeron que quería que las revueltas por los alimentos y la inflación derrocaran al gobierno iraní. Una entrevistadora de Australian Broadcasting Company preguntó a Clinton el 31 de enero del año pasado: “Si tenéis problemas con el gobierno de Irán, ¿por qué destruir al pueblo iraní con las sanciones? Es muy difícil encontrar ciertas medicinas en Irán. ¿Dónde quedó vuestro sentido de humanidad?
La entrevistadora de Clinton, explicó más adelante, pensaba en que las sanciones dirigidas por EE.UU. redujeron el crecimiento del PIB de Irán (-1,1%) lo que llevó a una inflación del 21% que afecta sobre todo a la población civil. Así como la escasez periódica en los supermercados de productos básicos como el arroz y el aumento de los precios de todo lo demás. Por ejemplo, la impresión de una página para los estudiantes ha aumentado un 400% y el precio de un coche usado un 300%. En general, los productos de los supermercados han aumentado entre el 100% y el 300% o más en los últimos veinticuatro meses y ciertas medicinas esenciales ya no están disponibles, lo que es devastador para muchas personas.
Clinton: “Bueno, quisiera decir primero que no hay sanciones sobre las medicinas, alimentos y otras necesidades”. Esta declaración es un disparate y la señora Clinton lo sabe.
El proceso de identificación de objetivos por el Departamento del Tesoro de EE.UU. está bien afianzado en Washington. Cuando el lector se encuentre la próxima vez en Washington DC, tal vez en un tour en autobús que lo lleve por NW Pennsylvania Avenue después de una visita al Capitolio, puede considerar bajarse en la 15 y Pennsylvania en el Departamento del Tesoro de EE.UU. Al dar la vuelta al edificio principal verá una construcción anexa. Ese edificio, como bien sabe Clinton, y que también Biden ha visitado más de una vez, alberga la Oficina de Control de Activos Financieros (OFAC). La tarea de esa bien financiada agencia incluye precisamente la búsqueda de objetivos de “alimentos y medicinas y otras necesidades” con el fin de obligar a la población civil de Irán a lograr un cambio de régimen.
Durante más de doscientos años, desde la Guerra de 1812, cuando se fundó la OFAC para sancionar a los británicos, la oficina se ha convertido en experta en la imposición de sanciones y lo ha hecho más de 2.000 veces. La OFAC utiliza actualmente un gran equipo de especialistas y ordenadores para concebir, preparar, ensayar y enviar a AIPAC y a ciertos funcionarios y miembros del congreso pro sionista, el producto de su trabajo terminado y con recomendaciones.
La OFAC y sus asociados del Departamento del Tesoro han participado prácticamente en todas las sanciones aplicadas a Irán desde que el Presidente Jimmy Carter emitió la Orden Ejecutiva 12170 en noviembre de 1979 congelando cerca de 12.000 millones de dólares de activos iraníes, incluyendo depósitos bancarios, oro y otras propiedades. Desde la Ley de Designación de Estado Patrocinador del Terrorismo en 1979 a la Ley de Responsabilidad Siria de 2004, más de una docena de Órdenes Ejecutivas Presidenciales, incluyendo las órdenes Ejecutivas 2011-2012 que congelaron las propiedades que tenían en EE.UU. altos funcionarios sirios e iraníes, y de modo más amplio la E.O. 13582 que congeló todos los activos gubernamentales del gobierno sirio, prohibió que los estadounidenses hagan negocios con el gobierno sirio y la importación de productos petrolíferos sirios a EE.UU.
Esta semana, la OFAC y el Departamento del Tesoro pusieron en la lista negra al centro estatal de radiodifusión, Islamic Republic of Iran Broadcasting, responsable de la política de difusión en Irán y de la producción de los canales iraníes de televisión y radio en el extranjero, limitaron potencialmente las oportunidades de visión y audición de la población civil de Irán. Su director, Ezzatollah Zarghami, fue incluido en la acción. Adicionalmente sancionaron las agencias de control de Internet de Irán y un importante productor de electrónica. David S. Cohen, el pro sionista subsecretario del Tesoro para terrorismo e inteligencia financiera, que supervisa la acción de sanciones de la OFAC, según se informa después de unas reuniones con funcionarios israelíes, dijo que las acciones de la semana pasada tenían la intención de “apretar las tuercas e intensificar la presión económica contra el régimen iraní”.
En realidad, las sanciones apuntan a la población civil y el “régimen iraní” no se verá muy afectado. Lo mismo se aplica a Siria. A pesar del lenguaje de relaciones públicas de que “los alimentos y las medicinas” están exentos de las brutales sanciones dirigidas por EE.UU., como bien sabe la OFAC, la realidad es diferente. Conocen perfectamente los efectos negativos de las sanciones sobre los proveedores internacionales de medicinas y alimentos respecto al país en cuestión. El Departamento del Tesoro de EE.UU. tiene miles de gigabytes de datos que confirman que los consejos de directores de negocios internacionales no permiten ni permitirán que sus compañías arriesguen millones de dólares de beneficios al violar técnicamente alguno de los miles de detalles contenidos en las sanciones –muchos de los cuales son tema de interpretación– por hacer negocios con Irán o Siria. Por eso hay grave escasez de medicinas y ciertos alimentos en esos países sancionados, y decir otra cosa es neolengua orwelliana.
La OFAC no opera en un vacío. Trabaja de cerca con otras agencias estadounidenses incluyendo las 16 agencias de inteligencia que en conjunto componen la Comunidad de la Inteligencia de EE.UU. Juntas han aplicado sanciones de gran amplitud y severidad a las poblaciones civiles de Siria e Irán. Esas sanciones han sido ocasionalmente reforzadas por varios asesinatos y ciberataques israelíes, directos o aprobados, con la intención de fomentar la agitación civil para lograr el cambio de régimen y otros objetivos políticos.
Unos días después de la confesión algo despistada de Hillary Clinton de que el gobierno de EE.UU. ataca intencionalmente a la población civil de Irán, el Vicepresidente Joe Biden intervino el 4 de febrero para decir que EE.UU. está dispuesto a mantener negociaciones directas con Irán pero añadió una advertencia: “También hemos dejado en claro que los dirigentes de Irán no deben sentenciar a su pueblo a la privación económica”, reconociendo como hizo Hillary que las sanciones tienen el propósito de atacar a las poblaciones iraní y siria. Un alto funcionario del gobierno de Obama describió el último paso como “una significativa vuelta de tuerca”, queriendo decir que el pueblo de Irán se enfrenta una “dura decisión” entre someterse a las demandas de EE.UU. y reanimar sus ingresos del petróleo, la sangre vital de la economía del país, o habrá más sanciones hasta que lo haga.
Estos ataques contra la población civil de Irán y Siria mediante las sanciones dirigidas por EE.UU. constituyen una violación masiva de los principios, estándares y reglas del derecho internacional y su base fundamental que es la protección de los civiles.
Algunos ejemplos:
Los Protocolos Adicionales de 1977 a las Convenciones de Ginebra de 1949 prohíben toda medida que tenga el efecto de privar a una población civil de suministros indispensables para su supervivencia. El Artículo 70 del Protocolo I autoriza operaciones de ayuda a una población civil a la que “no se provee adecuadamente”, y el Artículo 18 del Protocolo II requiere operaciones de ayuda para una población civil que sufre “apremios excesivos debido a una falta de suministros esenciales para su supervivencia, como alimentos y suministros médicos”.
Prohibición del hambre como instrumento de guerra
· Según el derecho humanitario internacional, los civiles gozan de derecho a la ayuda humanitaria en los conflictos armados.
· El Artículo 23 de la Cuarta Convención de Ginebra obliga a los Estados a facilitar el libre paso y la distribución de bienes de ayuda que incluyen medicinas, alimentos, vestimenta y tónicos para niños menores de 15 años, mujeres encinta y madres.
· El Artículo 70 del Protocolo Adicional I prohíbe la interferencia en la entrega de bienes de ayuda a los miembros de la población civil.
· Las sanciones dirigidas por EE.UU. están prohibidas según el principio de proporcionalidad de los Artículos 51 y 57 del Protocolo Adicional I.
· Según los términos del Artículo 3, común a las Convenciones de Ginebra de 1949, hay que realizar acciones humanitarias y de ayuda. Según el Artículo 18(2) del Protocolo Adicional II, hay que permitir a las sociedades de ayuda que ofrezcan sus servicios para suministrar ayuda humanitaria.
· Las sanciones dirigidas por EE.UU. violan la Regla de Distinción entre civiles y combatientes.
El derecho a la vida
Las sanciones dirigidas por EE.UU. violan el derecho a la vida incorporado en numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos, incluido el Artículo 6 del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, 1966; el Artículo 2 de la Convención Europea por la Protección de Derechos Humanas y Libertades Fundamentales, 1950; y el Artículo 4 de la Carta Africana de Derechos Humanos, 1981.
Los derechos del niño
Uno de los grupos más vulnerables a las sanciones dirigidas por EE.UU. en Siria e Irán son los niños. Los derechos de los niños se establecen en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, 1989, que es actualmente el acuerdo internacional más ampliamente ratificado. Los más relevantes en el contexto de las sanciones dirigidas por EE.UU. son los Artículos 6 y 24 de la Convención, según los cuales todos los niños tienen derecho inherente a la vida y el derecho más estándar de protección de la salud y acceso a servicios médicos.
Si “terrorismo” significa, como define el gobierno de EE.UU., ataque a los civiles con el fin de inducir cambios políticos de su gobierno, ¿de qué se habla cuando el propio gobierno de EE.UU. aplica intensos sufrimientos económicos a una población civil, causando desnutrición, enfermedades, hambre y muerte para inducir un cambio de régimen?
Las sanciones dirigidas por EE.UU. contra Irán y Siria son ilegales, inhumanas, ineficaces, inmorales e indignantes. Todas las personas de buena voluntad, en todas partes, deben resistira a ellas hasta conseguir que se retieren.
Franklin Lamb es investigador en la República Islámica de Irán. Contacto: fplamb@gmail.com
Fuente: http://www.informationclearinghouse.info/article33904.htm
rCR
“Sería la peor pesadilla de un abogado defensor,¿ verdad? Quiero decir que sus clientes, en este caso el Vicepresidente de EE.UU. y la Secretaria de Estado saliente confiesen de un modo tan público graves crímenes internacionales contra una población civil”.
Las confesiones y los crímenes, que enumeró correctamente ante su auditorio, fueron los admitidos por ambos altos funcionarios la semana pasada. Los dos funcionarios, al hablar de las relaciones de EE.UU. con la República Islámica, admitieron abiertamente que las sanciones dirigidas por EE.UU. contra Irán (y Siria) están motivadas políticamente y constituyen una “guerra blanda” contra los casi 80 millones de habitantes de Irán (23 millones en el caso de Siria) con el fin de conseguir un cambio de régimen.
Hillary Clinton fue la primera del dinámico dúo qe se pronunció. Reconoció que las duras sanciones de EE.UU. tenían como objetivo al pueblo de Irán y le enviaban un mensaje. “Así que esperamos que el pueblo iraní dé a conocer sus preocupaciones… por lo tanto mi mensaje al pueblo iraní es que haga algo al respecto”.
Algunos oyentes concluyeron que quería que las revueltas por los alimentos y la inflación derrocaran al gobierno iraní. Una entrevistadora de Australian Broadcasting Company preguntó a Clinton el 31 de enero del año pasado: “Si tenéis problemas con el gobierno de Irán, ¿por qué destruir al pueblo iraní con las sanciones? Es muy difícil encontrar ciertas medicinas en Irán. ¿Dónde quedó vuestro sentido de humanidad?
La entrevistadora de Clinton, explicó más adelante, pensaba en que las sanciones dirigidas por EE.UU. redujeron el crecimiento del PIB de Irán (-1,1%) lo que llevó a una inflación del 21% que afecta sobre todo a la población civil. Así como la escasez periódica en los supermercados de productos básicos como el arroz y el aumento de los precios de todo lo demás. Por ejemplo, la impresión de una página para los estudiantes ha aumentado un 400% y el precio de un coche usado un 300%. En general, los productos de los supermercados han aumentado entre el 100% y el 300% o más en los últimos veinticuatro meses y ciertas medicinas esenciales ya no están disponibles, lo que es devastador para muchas personas.
Clinton: “Bueno, quisiera decir primero que no hay sanciones sobre las medicinas, alimentos y otras necesidades”. Esta declaración es un disparate y la señora Clinton lo sabe.
El proceso de identificación de objetivos por el Departamento del Tesoro de EE.UU. está bien afianzado en Washington. Cuando el lector se encuentre la próxima vez en Washington DC, tal vez en un tour en autobús que lo lleve por NW Pennsylvania Avenue después de una visita al Capitolio, puede considerar bajarse en la 15 y Pennsylvania en el Departamento del Tesoro de EE.UU. Al dar la vuelta al edificio principal verá una construcción anexa. Ese edificio, como bien sabe Clinton, y que también Biden ha visitado más de una vez, alberga la Oficina de Control de Activos Financieros (OFAC). La tarea de esa bien financiada agencia incluye precisamente la búsqueda de objetivos de “alimentos y medicinas y otras necesidades” con el fin de obligar a la población civil de Irán a lograr un cambio de régimen.
Durante más de doscientos años, desde la Guerra de 1812, cuando se fundó la OFAC para sancionar a los británicos, la oficina se ha convertido en experta en la imposición de sanciones y lo ha hecho más de 2.000 veces. La OFAC utiliza actualmente un gran equipo de especialistas y ordenadores para concebir, preparar, ensayar y enviar a AIPAC y a ciertos funcionarios y miembros del congreso pro sionista, el producto de su trabajo terminado y con recomendaciones.
La OFAC y sus asociados del Departamento del Tesoro han participado prácticamente en todas las sanciones aplicadas a Irán desde que el Presidente Jimmy Carter emitió la Orden Ejecutiva 12170 en noviembre de 1979 congelando cerca de 12.000 millones de dólares de activos iraníes, incluyendo depósitos bancarios, oro y otras propiedades. Desde la Ley de Designación de Estado Patrocinador del Terrorismo en 1979 a la Ley de Responsabilidad Siria de 2004, más de una docena de Órdenes Ejecutivas Presidenciales, incluyendo las órdenes Ejecutivas 2011-2012 que congelaron las propiedades que tenían en EE.UU. altos funcionarios sirios e iraníes, y de modo más amplio la E.O. 13582 que congeló todos los activos gubernamentales del gobierno sirio, prohibió que los estadounidenses hagan negocios con el gobierno sirio y la importación de productos petrolíferos sirios a EE.UU.
Lo que la OFAC hace con su base de datos es ciencia no arte. Puede calcular con bastante precisión el efecto económico sobre la población civil de una sola acción que identifique una compañía, un banco, una entidad gubernamental o el sistema de infraestructura de un país. La OFAC, por cuenta de su gobierno, libra una guerra fría electrónica contra objetivos civiles.
Esta semana, la OFAC y el Departamento del Tesoro pusieron en la lista negra al centro estatal de radiodifusión, Islamic Republic of Iran Broadcasting, responsable de la política de difusión en Irán y de la producción de los canales iraníes de televisión y radio en el extranjero, limitaron potencialmente las oportunidades de visión y audición de la población civil de Irán. Su director, Ezzatollah Zarghami, fue incluido en la acción. Adicionalmente sancionaron las agencias de control de Internet de Irán y un importante productor de electrónica. David S. Cohen, el pro sionista subsecretario del Tesoro para terrorismo e inteligencia financiera, que supervisa la acción de sanciones de la OFAC, según se informa después de unas reuniones con funcionarios israelíes, dijo que las acciones de la semana pasada tenían la intención de “apretar las tuercas e intensificar la presión económica contra el régimen iraní”.
En realidad, las sanciones apuntan a la población civil y el “régimen iraní” no se verá muy afectado. Lo mismo se aplica a Siria. A pesar del lenguaje de relaciones públicas de que “los alimentos y las medicinas” están exentos de las brutales sanciones dirigidas por EE.UU., como bien sabe la OFAC, la realidad es diferente. Conocen perfectamente los efectos negativos de las sanciones sobre los proveedores internacionales de medicinas y alimentos respecto al país en cuestión. El Departamento del Tesoro de EE.UU. tiene miles de gigabytes de datos que confirman que los consejos de directores de negocios internacionales no permiten ni permitirán que sus compañías arriesguen millones de dólares de beneficios al violar técnicamente alguno de los miles de detalles contenidos en las sanciones –muchos de los cuales son tema de interpretación– por hacer negocios con Irán o Siria. Por eso hay grave escasez de medicinas y ciertos alimentos en esos países sancionados, y decir otra cosa es neolengua orwelliana.
La OFAC no opera en un vacío. Trabaja de cerca con otras agencias estadounidenses incluyendo las 16 agencias de inteligencia que en conjunto componen la Comunidad de la Inteligencia de EE.UU. Juntas han aplicado sanciones de gran amplitud y severidad a las poblaciones civiles de Siria e Irán. Esas sanciones han sido ocasionalmente reforzadas por varios asesinatos y ciberataques israelíes, directos o aprobados, con la intención de fomentar la agitación civil para lograr el cambio de régimen y otros objetivos políticos.
Unos días después de la confesión algo despistada de Hillary Clinton de que el gobierno de EE.UU. ataca intencionalmente a la población civil de Irán, el Vicepresidente Joe Biden intervino el 4 de febrero para decir que EE.UU. está dispuesto a mantener negociaciones directas con Irán pero añadió una advertencia: “También hemos dejado en claro que los dirigentes de Irán no deben sentenciar a su pueblo a la privación económica”, reconociendo como hizo Hillary que las sanciones tienen el propósito de atacar a las poblaciones iraní y siria. Un alto funcionario del gobierno de Obama describió el último paso como “una significativa vuelta de tuerca”, queriendo decir que el pueblo de Irán se enfrenta una “dura decisión” entre someterse a las demandas de EE.UU. y reanimar sus ingresos del petróleo, la sangre vital de la economía del país, o habrá más sanciones hasta que lo haga.
Estos ataques contra la población civil de Irán y Siria mediante las sanciones dirigidas por EE.UU. constituyen una violación masiva de los principios, estándares y reglas del derecho internacional y su base fundamental que es la protección de los civiles.
Algunos ejemplos:
Los Protocolos Adicionales de 1977 a las Convenciones de Ginebra de 1949 prohíben toda medida que tenga el efecto de privar a una población civil de suministros indispensables para su supervivencia. El Artículo 70 del Protocolo I autoriza operaciones de ayuda a una población civil a la que “no se provee adecuadamente”, y el Artículo 18 del Protocolo II requiere operaciones de ayuda para una población civil que sufre “apremios excesivos debido a una falta de suministros esenciales para su supervivencia, como alimentos y suministros médicos”.
Prohibición del hambre como instrumento de guerra
· Según el derecho humanitario internacional, los civiles gozan de derecho a la ayuda humanitaria en los conflictos armados.
· El Artículo 23 de la Cuarta Convención de Ginebra obliga a los Estados a facilitar el libre paso y la distribución de bienes de ayuda que incluyen medicinas, alimentos, vestimenta y tónicos para niños menores de 15 años, mujeres encinta y madres.
· El Artículo 70 del Protocolo Adicional I prohíbe la interferencia en la entrega de bienes de ayuda a los miembros de la población civil.
· Las sanciones dirigidas por EE.UU. están prohibidas según el principio de proporcionalidad de los Artículos 51 y 57 del Protocolo Adicional I.
· Según los términos del Artículo 3, común a las Convenciones de Ginebra de 1949, hay que realizar acciones humanitarias y de ayuda. Según el Artículo 18(2) del Protocolo Adicional II, hay que permitir a las sociedades de ayuda que ofrezcan sus servicios para suministrar ayuda humanitaria.
· Las sanciones dirigidas por EE.UU. violan la Regla de Distinción entre civiles y combatientes.
El derecho a la vida
Las sanciones dirigidas por EE.UU. violan el derecho a la vida incorporado en numerosos instrumentos internacionales de derechos humanos, incluido el Artículo 6 del Convenio Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, 1966; el Artículo 2 de la Convención Europea por la Protección de Derechos Humanas y Libertades Fundamentales, 1950; y el Artículo 4 de la Carta Africana de Derechos Humanos, 1981.
Los derechos del niño
Uno de los grupos más vulnerables a las sanciones dirigidas por EE.UU. en Siria e Irán son los niños. Los derechos de los niños se establecen en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, 1989, que es actualmente el acuerdo internacional más ampliamente ratificado. Los más relevantes en el contexto de las sanciones dirigidas por EE.UU. son los Artículos 6 y 24 de la Convención, según los cuales todos los niños tienen derecho inherente a la vida y el derecho más estándar de protección de la salud y acceso a servicios médicos.
Si “terrorismo” significa, como define el gobierno de EE.UU., ataque a los civiles con el fin de inducir cambios políticos de su gobierno, ¿de qué se habla cuando el propio gobierno de EE.UU. aplica intensos sufrimientos económicos a una población civil, causando desnutrición, enfermedades, hambre y muerte para inducir un cambio de régimen?
Las sanciones dirigidas por EE.UU. contra Irán y Siria son ilegales, inhumanas, ineficaces, inmorales e indignantes. Todas las personas de buena voluntad, en todas partes, deben resistira a ellas hasta conseguir que se retieren.
Franklin Lamb es investigador en la República Islámica de Irán. Contacto: fplamb@gmail.com
Fuente: http://www.informationclearinghouse.info/article33904.htm
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