Trabajo Decente y Pacto Mundial para el Empleo: Contruyendo un desarrollo con estrategias inclusivas
Salida para la crisis
De a poco, se está tomando conciencia clara de la importancia de los dos nuevos instrumentos generales de la OIT adoptados en los últimos tres años: la Declaración sobre la Justicia Social para una Globalización Justa (DJS) de 2008 y el Pacto Mundial para el Empleo (PME) de un año después.
Los dos instrumentos están fuertemente entrelazados:
- La Declaración se ocupa de principios y políticas de gran alcance, y solo es comparable con otras dos: la de Filadelfia de 1944 y la de Principios y Normas Fundamentales en el Trabajo de 1998.
- El Pacto ratifica el espíritu, la orientación y los conceptos de la Declaración. Incluso puede decirse, como lo ha hecho el especialista uruguayo Ermida Uriarte, que el Pacto es la “reglamentación de la aplicabilidad” de la Declaración a los efectos laborales de la crisis financiera global.
Veamos cuáles son los elementos destacados de ambos instrumentos.
1. Luego de la creación del concepto de trabajo decente en 1999, la DJS lo institucionaliza y se lo sitúa en el centro de las políticas de la OIT.
Se aclara además otro tema clave: que las cuatro dimensiones del trabajo decente son objetivos inseparables, interrelacionados y reforzados mutuamente.
Cuando el Pacto establece pautas y directivas con las que afrontar la crisis con centro en el trabajo decente, está modificando el enfoque ideológico previo, según el cual ante el retraso en el crecimiento o la depresión, se encontraba una excusa o motivo suficiente para reducir los derechos laborales, al plantearse que la preservación o creación de puestos de trabajo podía ser a costa del desconocimiento o degradación de los derechos. Era una lógica de “empleo versus derechos”.
Lo que ahora se afirma es que no basta con crear empleos basura sino que tienen que ser “empleos con derechos”,
2. Se fortalece el papel de OIT como productor de normas.
Los dos instrumentos están ahora restableciendo los valores, conceptos e instrumentos propios de la OIT, y con ello sus propias normas.
Se dota de contenido jurídico al concepto de trabajo decente, que antes era de difícil categorización en la teoría del derecho, identificándolo con la noción de trabajo digno, propio de las normas internacionales del trabajo.
Además, se habla de “todas” las normas, y no solo aquellas que la Declaración de 1998 consideraba fundamentales, y que era limitada en su número.
Ahora se revalorizan también “otras normas”, promoviéndose otros convenios:
Política de empleo
Salarios
Seguridad social
Relación de trabajo
Trabajadores migrantes
Condiciones de trabajo en el marco de los contratos públicos
Salud y seguridad en el trabajo
Horas de trabajo
Mecanismos de diálogo social
3. Lo dicho hasta aquí ya convertiría a ambos instrumentos en algo valioso y novedoso.
Pero hay más: la Confederación Sindical de Trabajadores/as de las Américas (CSA) ha destacado este elemento en el documento presentado a la XVII Conferencia Americana de OIT sobre la Agenda Hemisférica de Trabajo Decente (AHTD) - Santiago, diciembre 2010.
A eso se dirigen las características tercera y cuarta de estos instrumentos que se destacan a continuación:
4. La Declaración y el Pacto son instrumentos de política global.
Son una plataforma común para la gobernanza a nivel internacional, la cooperación al desarrollo y las políticas nacionales.
Hacen un llamado a favor de iniciativas de políticas coordinadas a nivel mundial.
Hay que recordar que el impulso de la DJS vino de consultas tripartitas luego del lanzamiento del Informe de la Comisión Mundial sobre la Dimensión Social de la Globalización, de 2004.
Por eso, el concepto de “globalización justa” es un avance. El Pacto se ocupa de la crisis financiera global, que es un producto típico de la “globalización injusta”.
Esto es un cambio grande, para una historia de OIT centrada en establecer normas comunes para los Estados nacionales, que no es lo mismo.
Ahora incluso establece la tarea de OIT dirigida a evaluar desde OIT la política comercial y la política de los mercados financieros, en cuanto a su repercusión en el empleo.
Encomienda la responsabilidad de examinar y considerar todas las políticas económicas y financieras internacionales, tomando en cuenta el objetivo fundamental de la justicia social.
5. El Pacto ya no se mantiene dentro de los límites de la política laboral, y ni siquiera de la política social, sino que cubre toda política económica. El pleno empleo y el trabajo decente deben ponerse en el centro de las respuestas de política económica.
Promueve una recuperación productiva centrada en la inversión, el empleo y la protección social.
Busca al mismo tiempo la sostenibilidad económica, social y medioambiental
Incluso avanza en la mención de las políticas económicas que podrían conseguir este objetivo, definiendo cuatro áreas:
- marco regulador y de supervisión financiera al servicio de la economía real, las empresas sostenibles y el trabajo decente.
- comercio y mercados eficientes y bien regulados con beneficios para todos, sin proteccionismo pero con la debida consideración de la situación de los países de bajos ingresos.
- transformación de la economía hacia actividades con baja emisión de carbono y respetuosas del medio ambiente.
- senda de desarrollo sostenible que permita a todos los países, inclusive los países en desarrollo, poner el empleo y la protección social en el centro de sus políticas económicas, sociales y de reducción de la pobreza, con apoyo internacional.
Conclusión
Se trata de un programa permanente y no coyuntural.
Hay que destacar también algo que ha pasado un poco desapercibido: si bien el Programa se presenta en el contexto de la crisis mundial, al mismo tiempo aclara que “se proyecta al futuro, más allá de la recuperación inmediata”.
El Pacto Mundial para el Empleo tiene dos fuertes afirmaciones:
- ”el mundo debe funcionar mejor”.
- “el mundo debería ser diferente después de la crisis”.
Ambas se refieren a una necesidad permanente, que ya tenía que ser atendida antes de la crisis.
Es un cuestionamiento del modelo neoliberal de las ultimas décadas.
Es un llamado a tomarse en serio el concepto de desarrollo sostenible.
Los dos instrumentos están fuertemente entrelazados:
- La Declaración se ocupa de principios y políticas de gran alcance, y solo es comparable con otras dos: la de Filadelfia de 1944 y la de Principios y Normas Fundamentales en el Trabajo de 1998.
- El Pacto ratifica el espíritu, la orientación y los conceptos de la Declaración. Incluso puede decirse, como lo ha hecho el especialista uruguayo Ermida Uriarte, que el Pacto es la “reglamentación de la aplicabilidad” de la Declaración a los efectos laborales de la crisis financiera global.
Veamos cuáles son los elementos destacados de ambos instrumentos.
1. Luego de la creación del concepto de trabajo decente en 1999, la DJS lo institucionaliza y se lo sitúa en el centro de las políticas de la OIT.
Se aclara además otro tema clave: que las cuatro dimensiones del trabajo decente son objetivos inseparables, interrelacionados y reforzados mutuamente.
Cuando el Pacto establece pautas y directivas con las que afrontar la crisis con centro en el trabajo decente, está modificando el enfoque ideológico previo, según el cual ante el retraso en el crecimiento o la depresión, se encontraba una excusa o motivo suficiente para reducir los derechos laborales, al plantearse que la preservación o creación de puestos de trabajo podía ser a costa del desconocimiento o degradación de los derechos. Era una lógica de “empleo versus derechos”.
Lo que ahora se afirma es que no basta con crear empleos basura sino que tienen que ser “empleos con derechos”,
2. Se fortalece el papel de OIT como productor de normas.
Los dos instrumentos están ahora restableciendo los valores, conceptos e instrumentos propios de la OIT, y con ello sus propias normas.
Se dota de contenido jurídico al concepto de trabajo decente, que antes era de difícil categorización en la teoría del derecho, identificándolo con la noción de trabajo digno, propio de las normas internacionales del trabajo.
Además, se habla de “todas” las normas, y no solo aquellas que la Declaración de 1998 consideraba fundamentales, y que era limitada en su número.
Ahora se revalorizan también “otras normas”, promoviéndose otros convenios:
Política de empleo
Salarios
Seguridad social
Relación de trabajo
Trabajadores migrantes
Condiciones de trabajo en el marco de los contratos públicos
Salud y seguridad en el trabajo
Horas de trabajo
Mecanismos de diálogo social
3. Lo dicho hasta aquí ya convertiría a ambos instrumentos en algo valioso y novedoso.
Pero hay más: la Confederación Sindical de Trabajadores/as de las Américas (CSA) ha destacado este elemento en el documento presentado a la XVII Conferencia Americana de OIT sobre la Agenda Hemisférica de Trabajo Decente (AHTD) - Santiago, diciembre 2010.
A eso se dirigen las características tercera y cuarta de estos instrumentos que se destacan a continuación:
4. La Declaración y el Pacto son instrumentos de política global.
Son una plataforma común para la gobernanza a nivel internacional, la cooperación al desarrollo y las políticas nacionales.
Hacen un llamado a favor de iniciativas de políticas coordinadas a nivel mundial.
Hay que recordar que el impulso de la DJS vino de consultas tripartitas luego del lanzamiento del Informe de la Comisión Mundial sobre la Dimensión Social de la Globalización, de 2004.
Por eso, el concepto de “globalización justa” es un avance. El Pacto se ocupa de la crisis financiera global, que es un producto típico de la “globalización injusta”.
Esto es un cambio grande, para una historia de OIT centrada en establecer normas comunes para los Estados nacionales, que no es lo mismo.
Ahora incluso establece la tarea de OIT dirigida a evaluar desde OIT la política comercial y la política de los mercados financieros, en cuanto a su repercusión en el empleo.
Encomienda la responsabilidad de examinar y considerar todas las políticas económicas y financieras internacionales, tomando en cuenta el objetivo fundamental de la justicia social.
5. El Pacto ya no se mantiene dentro de los límites de la política laboral, y ni siquiera de la política social, sino que cubre toda política económica. El pleno empleo y el trabajo decente deben ponerse en el centro de las respuestas de política económica.
Promueve una recuperación productiva centrada en la inversión, el empleo y la protección social.
Busca al mismo tiempo la sostenibilidad económica, social y medioambiental
Incluso avanza en la mención de las políticas económicas que podrían conseguir este objetivo, definiendo cuatro áreas:
- marco regulador y de supervisión financiera al servicio de la economía real, las empresas sostenibles y el trabajo decente.
- comercio y mercados eficientes y bien regulados con beneficios para todos, sin proteccionismo pero con la debida consideración de la situación de los países de bajos ingresos.
- transformación de la economía hacia actividades con baja emisión de carbono y respetuosas del medio ambiente.
- senda de desarrollo sostenible que permita a todos los países, inclusive los países en desarrollo, poner el empleo y la protección social en el centro de sus políticas económicas, sociales y de reducción de la pobreza, con apoyo internacional.
Conclusión
Se trata de un programa permanente y no coyuntural.
Hay que destacar también algo que ha pasado un poco desapercibido: si bien el Programa se presenta en el contexto de la crisis mundial, al mismo tiempo aclara que “se proyecta al futuro, más allá de la recuperación inmediata”.
El Pacto Mundial para el Empleo tiene dos fuertes afirmaciones:
- ”el mundo debe funcionar mejor”.
- “el mundo debería ser diferente después de la crisis”.
Ambas se refieren a una necesidad permanente, que ya tenía que ser atendida antes de la crisis.
Es un cuestionamiento del modelo neoliberal de las ultimas décadas.
Es un llamado a tomarse en serio el concepto de desarrollo sostenible.
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