martes, 21 de junio de 2011

Fujimori no califica para legítimo indulto

Existen prohibiciones legales nacionales e internacionales y jurisprudencia, que obligan a Perú, que no se pueden violar o desoír por un mero Decreto Supremo de Alan García que conceda tal indulto.
No califica para el indulto el reo de la DIROES. Existen prohibiciones legales nacionales e internacionales y jurisprudencia, que obligan a Perú, que no se pueden violar o desoír por un mero Decreto Supremo de Alan García que conceda tal indulto. Específicamente, si la condena es por secuestro agravado y por delitos de lesa humanidad, como es el caso de Fujimori, el indulto está prohibido. Concederlo tiene contenido penal. Nadie califica para dicho beneficio si la legislación y jurisprudencia internacional lo prohíben, salvo que se asuma la responsabilidad penal subsiguiente. 
No califica para el indulto el reo de la DIROES. La norma jurídica lo prohíbe.

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