El Proyecto Majes Siguas II comprende la construcción de la presa de Angostura, el trasvase de las aguas a la cuenca del rio Colca mediante la construcción del Túnel de Derivación (Aducción Angostura - Colca). Todas estas obras estarán ubicadas íntegramente en la provincia de Caylloma, región Arequipa. Con esas aguas se irrigarán 12,000 hectáreas en las pampas de Majes y 22,000 en las pampas de Siguas. Este es un proyecto de impacto macro regional. Sin embargo en los últimos meses se viene escuchando desde el Cusco, numerosas objeciones, trabas judiciales y hasta movilizaciones en contra del Proyecto Majes Siguas II. Lo que me motiva a escribir estas líneas, fue la reciente Conferencia de Prensa que dieron los congresistas Víctor Mayorga Miranda e Hilaria Supa Huamán, la que estuvo plagada de falacias e hipocresías, que hacen eco de las autoridades del Cusco, así como cierta prensa subalterna y los tontos útiles de las algunas agencias de cooperación al desarrollo. Veamos sólo algunas de esas mentiras y frustraciones en contra de Arequipa.
1. El Proyecto Majes Siguas II, va a impactar negativamente la provincia de Espinar, porque dejaría sin agua para el riego de sus cultivos y consumo humano directo de sus pobladores. FALSO.
En el nevado Mismi (5,597 msnm) ubicado en el distrito de Madrigal, provincia de Caylloma, región Arequipa, se origina el riachuelo Oahuanta, que luego se llamará Soqueta y después Hornillos hasta llegar a Angostura (km 70 del río, a 4,140 msnm), después de recibir el aporte de varios riachuelos como el Orcuyo, Monigote etc. El riachuelo Hornillos desemboca en el río Apurímac que proviene de la laguna de Vintro (4,725 msnm). Todo ubicado en el distrito y provincia de Caylloma, al igual toda la infraestructura a construirse por el Proyecto Majes Siguas II. En la provincia de Espinar existen principalmente pastos naturales que ha permitido el desarrollo de la actividad pecuaria, que representa el 17.4% del total de la superficie provincial. A más 4000 mil m.s.n.m. no se hace agricultura, y si la población de la capital de Espinar no tiene agua potable las 24 horas al día, es por la incapacidad de sus autoridades, que el año pasado boicotearon la licitación pública. Los ríos Ccañipía y Salado pasan muy cerca de la ciudad, pero no se pueden aprovechar sus aguas porque están contaminados por la actividad minera, el río Ccañipìa recibe la descarga de las aguas servidas de la ciudad. El río Salado pierde 600 millones de metros cúbicos en épocas de lluvias.
Es necesario construir complementariamente presas, que permitan capturar las aguas y luego distribuirlas o suministrarlas para el desarrollo de actividades productivas de la provincia de Espinar. Estas presas pueden ser las Sañu, Cayomani y IV Cañón. Existe el compromiso del gobierno central y de la región Arequipa, de financiar dichas obras.
2. No se han subsanado las observaciones que se hicieran al Estudio de Impacto Ambiental, y al estudio de Balance Hídrico realizados. Falta un estudio de verdad, ya que fue hecho por una consultora parcializada con la región Arequipa. FALSO.
El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto Majes Siguas II, se ha realizado siguiendo los criterios técnicos y legales establecidos en la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Ley Nº 27446, cuenta con la correspondiente aprobación de la autoridad ambiental competente. La ley señala que EIA es realizado por una empresa consultora debidamente inscrita y registrada ante la autoridad ambiental competente. Sobre el estudio de Balance Hídrico, éste si se ha realizado y está debidamente aprobado por la Autoridad Nacional de Agua (ANA). Por mandado judicial no se puede cuestionar y/o desconocer un EIA, si previamente no se han interpuesto los recursos impugnatorios que establece la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444.
3. Que existen disposiciones del Poder Judicial del Cusco, que la región Arequipa y el gobierno central no están respetando. FALSO.
El Poder Judicial es uno solo, no existen jueces del Cusco o de Arequipa. Los mandatos judiciales si han sido cumplidos (Sentencia de la Sala de Canchis), en otros casos han sido revocados por el Poder Judicial. Lo que existe actualmente en trámite, es la apelación interpuesta por la región Arequipa, en contra de la sentencia emitida por el Juzgado Mixto de Espinar (Juez Prudencio Aimituma), respecto de realizar nuevamente los Estudios de Impacto Ambiental, así como de Balance Hídrico de la cuenca del rio Apurímac, este proceso se encuentra pendiente de resolución de LA PRIMERA Sala Penal Vacacional del Cusco. Los argumentos de las autoridades del Cusco carecen de sustento, porque se piden estudios de consultoras internacionales imparciales, esto es totalmente subjetivo y no está considerado en la legislación nacional. Obviamente si es necesario realizar el afianzamiento hídrico de la cuenca alta del rio Apurímac, para compensar el déficit hídrico de 12 millones metros cúbicos de agua al año. Finalmente el argumento de recurrir a la Corte Interamericana de derechos humanos es descabellado.
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